La Orden TED/1239/2022, de 14 de diciembre, aprobó las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a pequeños proyectos de inversión que generen o mantengan el empleo, promoviendo el desarrollo alternativo de las zonas de transición justa, para el periodo 2022-2027. La Resolución de 13 de marzo de 2023 de la Presidencia del Instituto para la Transición Justa, O.A., cuyo extracto fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 63, de 15 de marzo de 2023, convocó para el ejercicio 2023 las ayudas establecidas en la referida Orden TED/1239/2022. La Resolución Definitiva de 5 de julio de 2024 del Instituto para la Transición Justa aprobó la concesión de las ayudas dirigidas a pequeños proyectos de inversión que generen o mantengan el empleo, promoviendo el desarrollo alternativo de las zonas de transición justa, presentados por los interesados que resultaron finalmente beneficiarios, correspondientes a la convocatoria 2023.
Para la adecuada justificación del cumplimiento de las condiciones establecidas en base a la referida normativa, los beneficiarios deberán aportar a través de la sede electrónica del Instituto para la Transición Justa O.A. https://sede.transicionjusta.gob.es/ (en el apartado de Procedimientos y dentro de la línea de ayudas dirigidas a pequeños proyectos de inversión que generen o mantengan el empleo en zonas de transición justa), o alternativamente a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado, la documentación que se especifica a continuación:
A. Documentación para solicitar un Pago a Cuenta o un Pago Total:
- Solicitud de pago a cuenta o pago total según modelo.
- Solicitud de pago total según modelo
- Declaración responsable de reintegros según modelo
- Documentación acreditativa de realización de la Inversión:
- Relación de inversiones por conceptos según modelo.
- Facturas y Justificantes de pago:
- Se detraerán de la cuantía de la subvención todos aquellos gastos que no hayan cumplido los plazos de pago fijados por la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales (pago a 30 días o 60 días si hay acuerdo con proveedor).
- De acuerdo a lo establecido en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se deberá acreditar la presentación de 3 ofertas alternativas en caso de contrato menor, 40.000 € en obra, o 15.000 € en servicios y suministros, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no existan en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o lo presten. En este último caso se presentará escrito justificando tal extremo.
- Las facturas deberán tener fecha posterior a la fecha de solicitud de la ayuda.
- Aportar certificado de hechos concretos, en el caso de inversiones realizadas en trabajos para el propio inmovilizado.
- Aportar certificado de hechos concretos, en el caso de facturación con empresas vinculadas, para la que se requiere previa autorización expresa del órgano concedente de acuerdo con el artículo 29.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En función de la cuantía, se podrá requerir tasación realizada por tasador independiente debidamente acreditado.
- En los supuestos de adquisición de terrenos y adquisición o construcción de edificaciones se aportará -además de la factura, si procede, y de la justificación del pago- copia de las Escrituras públicas de compraventa o de obra nueva, debidamente registradas, en las que consten la subvención concedida y el compromiso de destinar dichos bienes al fin concreto para el que se concedió la subvención por un período que no podrá ser inferior a 3 años para las pymes y 5 años para el resto, desde la finalización del plazo de ejecución. En caso de compra conjunta de terreno y edificaciones, en la Escritura de compraventa y en la factura, si existe, deberá aparecer desglosado el valor de cada concepto (terreno y construcción). Si se adquieren edificaciones de primer uso se aportará certificado de tasador independiente debidamente acreditado o inscrito en el correspondiente registro oficial.
- En caso de activos de segunda mano (no elegibles según la Orden 1240/2022, en el caso de que el beneficiario sea una gran empresa) se deberá aportar certificado de tasador independiente debidamente acreditado o inscrito en el correspondiente registro oficial, en el que además se acredite que el precio no sea superior al valor de mercado de referencia ni al coste de los bienes nuevos similares.
- Certificado de estar al corriente de pago con la SS, en caso de que no se haya autorizado la consulta por parte de este organismo.
- Certificado de estar al corriente de pago con la AEAT, en caso de que no se haya autorizado la consulta por parte de este organismo.
- Certificado de alta en el IAE.
- Último recibo del IAE (o declaración responsable de no necesitar pagar el IAE).
- Declaración de otras ayudas según modelo y copia de resoluciones de concesión de las otras ayudas si las hubiera.
- Certificado IBAN relativo a la titularidad y número de la cuenta bancaria donde posteriormente se realizará el ingreso de la subvención.
- Poderes, si ha habido cambios desde la solicitud de la ayuda.
B. Documentación adicional, sólo en caso de solicitar un Pago Total:
- Documentación acreditativa de realización de la Inversión:
- Escrito de la empresa que describa el sistema de contabilidad de las inversiones utilizado.
- Acreditación del requisito de contabilidad separada (sólo en el caso de proyectos cofinanciables con el FTJ).
- Cuentas de inmovilizado pormenorizadas en las que se hayan activado cada una de las inversiones, firmadas y selladas (en todas sus hojas) por el representante legal de la empresa
- Documentación acreditativa de creación/mantenimiento de empleo:
- Contratos laborales de cada uno de los nuevos empleos creados.
- Relación de empleo creado según modelo
- Informe de plantilla media de trabajadores en situación de alta de los últimos doce meses, de todas las cuentas de cotización que disponga la empresa beneficiaria.
- Vida laboral de todos los códigos de cuenta de la empresa de, al menos, el periodo comprendido entre la fecha de solicitud de ayuda y la fecha máxima para la creación de los puestos de trabajo indicada en la resolución de concesión o en las resoluciones modificatorias de las condiciones iniciales de la concesión, si las hubiera.
- Autorizaciones y permisos necesarios, hasta la fecha, para la ejecución del proyecto:
- Certificado final de obra.
- Licencia de apertura o, en su defecto, solicitud de la misma.
- Declaración de Impacto Ambiental y/o Autorización Ambiental Integrada.
- En proyectos del sector turístico, autorización administrativa en la que se refleje la categoría en que se encuadra la actividad subvencionada.
- Cualesquiera otros permisos necesarios en función de la actividad del proyecto.
Acreditación del requisito de publicidad según modelos con financiación , modelos sin financiación del FTJ , logos oficiales FTJ y logos oficiales NO FTJ:- En relación con los carteles y/o placas o vallas publicitarias resistentes en un lugar bien visible para el público, de tamaño suficiente (en caso de operaciones que no incluyan inversiones físicas o instalaciones de equipos, tamaño mínimo de DIN-A3), conteniendo las referencias a la financiación recibida, se aportarán dos fotografías impresas: una de cerca, que permita ver el contenido, y otra de lejos, que permita determinar de forma aproximada su ubicación.
- Información en página web: captura de pantalla impresa donde figure la publicidad y, además, con el envío del enlace directo para su comprobación.
- Cualquier otro documento que acredite otras menciones efectuadas (recortes de prensa, redes sociales etc.).
- Informe del auditor externo que justifique la inversión, si aplica.
C. Documentación para solicitar un Pago Anticipado:
- Solicitud de pago anticipado según modelo.
- Declaración responsable de reintegros según modelo.
- Declaración responsable art34.4 Ley Subvenciones según modelo.
- Certificados de estar al corriente de pago con la SS, en caso de que no se haya autorizado la consulta por parte de este organismo.
- Certificados de estar al corriente de pago con la AEAT, en caso de que no se haya autorizado la consulta por parte de este organismo.
- Certificado de alta en el IAE.
- Último recibo del IAE (o declaración responsable de no necesitar pagar el IAE).
- Declaración de otras ayudas según modelo y copia de resoluciones de concesión de las otras ayudas si las hubiera.
- Certificado IBAN relativo a la titularidad y número de la cuenta bancaria donde posteriormente se realizará el ingreso de la subvención.
- Poderes, si ha habido cambios desde la solicitud de la ayuda.
- Aval.
- Resguardo del depósito del aval.